Cuando el interés político prima sobre el interés general los grandes damnificados siempre son los ciudadanos, y en esta ocasión quienes residen en la Comunidad Autónoma de Madrid. Quisiera comenzar mi artículo recordando que el confinamiento declarado por barrios en Madrid se amparaba en una ley orgánica que habilitaba a las Administraciones a restringir derechos fundamentales, mientras que el cierre de Madrid ordenado por el Ministerio de Sanidad liderado por el filósofo Salvador Illa se basa en el artículo 65 de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud de 2003, que según los magistrados del TSJM no permite limitar la libertad de movimientos de los ciudadanos.
